viernes, 22 de febrero de 2019

NOTA INFORMATIVA 22.02.19

Desde estas líneas, queremos aclarar que la información dada por la dirección de empresa sobre los representantes de los  trabajadores en las reuniones mensuales, no se ajusta a la realidad de los hechos y lo explicaremos en profundidad dentro de unos días.

A continuación, recordamos que nuestro convenio es bien claro en la manera de aplicar y recuperar las jornadas irregulares:

“la jornada irregular no podrá realizarse los sábados, domingos ni festivos, a excepción de las empresas que tengan o establezcan 3 turnos que sólo necesitarán dicho pacto para los domingos y festivos” y no se ha llegado a ningún pacto con los representantes de los trabajadores.

Y mucho menos se pueden recuperar con nuestras vacaciones, ya que es un derecho al descanso que tiene el trabajador y es irrenunciable. Aparte de que las vacaciones son indisponibles, insustituibles y no se pueden compensar.